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Título VI / EEO

TÍTULO VI

Como dijo el presidente John F. Kennedy en 1963:

"La justicia simple exige que los fondos públicos, a los que contribuyen todos los contribuyentes de todas las razas [colores y orígenes nacionales], no se gasten de ninguna manera que fomente, consolide, subsidie o resulte en la discriminación racial [color u origen nacional]".

Si se descubre que un beneficiario de asistencia federal ha cometido un acto de discriminación y no se puede lograr el cumplimiento voluntario, la agencia federal que proporciona la asistencia debe iniciar un procedimiento de terminación de los fondos o remitir el asunto al Departamento de Justicia para que se tomen las medidas legales correspondientes. Las personas afectadas pueden presentar quejas administrativas ante la agencia federal que proporciona fondos a un beneficiario, o pueden presentar una demanda para obtener la reparación adecuada en un tribunal federal. El Título VI en sí mismo prohíbe la discriminación intencional. Sin embargo, la mayoría de las agencias de financiación tienen regulaciones que implementan el Título VI que prohíben las prácticas de los beneficiarios que tengan el efecto de la discriminación por motivos de raza, color u origen nacional.


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