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Título VI / EEO

TÍTULO VI

Como dijo el presidente John F. Kennedy en 1963:

"La justicia simple requiere que los fondos públicos, a los que contribuyen todos los contribuyentes de todas las razas [colores y orígenes nacionales], no se gasten de ninguna manera que fomente, afiance, subvencione o resulte en discriminación racial [color u origen nacional]".

Si se determina que un beneficiario de asistencia federal ha discriminado y no se puede lograr el cumplimiento voluntario, la agencia federal que brinda la asistencia debe iniciar procedimientos de terminación de fondos o remitir el asunto al Departamento de Justicia para que se tomen las acciones legales correspondientes. Las personas agraviadas pueden presentar quejas administrativas ante la agencia federal que proporciona fondos a un destinatario, o pueden presentar una demanda para obtener la reparación adecuada en un tribunal federal. El propio Título VI prohíbe la discriminación intencional. Sin embargo, la mayoría de las agencias de financiación tienen regulaciones que implementan el Título VI que prohíben prácticas de destinatarios que tengan el efecto de discriminación por motivos de raza, color u origen nacional.


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